Nota informativa sobre segundas y posteriores transmisiones de viviendas
CALIFICADAS COMO VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL Y DE PROTECCIÓN PÚBLICA
El Instituto Municipal de Suelo Móstoles, S.A. INFORMA:
1.- Que las segundas o posteriores transmisiones onerosas de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública y sitas en Móstoles, están sometidas a derecho de tanteo y retracto a favor de la Comunidad de Madrid, según establece el artículo primero de la Orden 2907/2005, de 23 de septiembre de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
2.- Que siguen sujetas al régimen jurídico de Viviendas de Protección Oficial y de Viviendas de Protección Pública y por tanto sujetas a los precios máximos establecidos por la Comunidad de Madrid y sometidas al derechos de tanteo y retracto a favor de la Comunidad de Madrid, todas las viviendas promovidas por el IMS, S.A.
3.- Que la venta de una vivienda por encima del precio máximo permitido constituye una infracción muy grave y podrá ser objeto de la correspondiente sanción (de 6.000,00 a 60.000,00 €) por la Comunidad de Madrid de conformidad con lo establecido en la Ley 9/2003, de 26 de marzo, del régimen sancionador en materia de viviendas protegidas de la Comunidad de Madrid.
4.- Que cualquier denuncia o consulta sobre la venta de estas viviendas debe dirigirse a la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Comunidad de Madrid, calle Maudes nº 17 de Madrid o en la Oficina de Vivienda sita en la Avenida de Asturias nº 28 de Madrid.
Móstoles, 26 de Octubre de 2005